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Informe público de la reunión entre Joves Investigadors y el
Vicerrector de Investigación de la UVEG el día 12 de diciembre de 2011.*
Fecha: 12 de diciembre de 2011.
Lugar: Vicerrectorado de Investigación
Participantes*:
Pedro Carrasco – Vicerrector de Investigación (VI)
Vicente Claramonte – Presidente de Joves Investigadors (JI)
Carles Sirera – Secretario de JI
Facundo Muñoz – representante del Personal Investigador en
Formación (PIF) en el Claustro UVEG
*Resumen*
Como consecuencia de la nueva Ley de la Ciencia, la UVEG está obligada a
eliminar algunas figuras de becas y transformarlas en contratos
laborales. Con el añadido de la reestructura de los estudios de
postgrado, el VI se propone reformular los mecanismos de vinculación
formativa/contractual en la UVEG. Además, tiene la voluntad de construir
un proyecto consensuado con todos los involucrados. Por este motivo ha
convocado a la asociación de Joves Investigadors, como representante del
PIF en la UVEG, para discutir las propuestas.
A continuación presentamos una relación de los tipos de vinculación que
se proponen, en función de la etapa en la Carrera Investigadora, junto
con un resumen de las características que cambian y los elementos de
discusión. El punto más conflictivo se encuentra en la fase del máster.
¿Se trata de una actividad formativa o laboral? Y por tanto, las ayudas
¿deben adoptar la forma de beca o de contratos? Otro punto delicado es
la propuesta de contratos predoctorales asociados a proyectos con un
salario de 800 o 900 euros brutos.
Como asociación tenemos que tomar posición al respecto de estos
importantes cambios, y preparar una propuesta para el Vicerrectorado.
Animamos a todos a participar con su opinión, aunque naturalmente, la
propuesta final se elaborará entre todos los socios de JI. Asóciate y
decide.
http://www.jovesinvestigadors.org/es/asociacion/unete/
*Becas de colaboración adscritas a proyectos* (las procedentes de un
grupo investigador, no las adscritas a Departamentos que son procedentes
del Ministerio)
Beneficiarios: estudiantes de grado de último curso
Quién paga: el departamento, o un IP que lo solicite, a cargo de algún
proyecto.
El VI está firme en que en esta etapa toda actividad investigadora es de
carácter formativo, y por tanto propone mantener las becas de
colaboración con los departamentos destinadas a estudiantes del último
curso.
A nosotros nos preocupa que se abuse de esta figura utilizando al
becario para tareas rutinarias.
Nos parece imprescindible incrementar los controles y la transparencia
en esta clase de becas, en las que debería existir como mínimo un
proyecto de investigación definido, público y contrastable.
Creo que no tenemos tomada una posición sobre el carácter de beca.
*Becas de Máster*
Beneficiarios: Graduados matriculados en un máster.
Quién paga: La UVEG
Aquí también el VI mantiene la postura de que ésta es una etapa
puramente formativa, y por tanto no tiene sentido instrumentar ayudas en
forma de contrato de trabajo.
Como herencia del anterior modelo, nosotros hemos defendido el contrato
de trabajo para toda actividad investigadora de posgrado.
Tras la sustitución del antiguo sistema doctoral por el de másteres y la
aprobación de la nueva LCT, este tramo de la investigación se ha quedado
sin ayudas. Pero ofertarlas mediante becas contravendría el tenor de la
Carta Europea del Investigador (CEI), según la cual, los investigadores
deben estar vinculados a su actividad mediante un vínculo laboral en
todos los tramos de la carrera investigadora. En consecuencia, supondría
un paso atrás en el avance hacia un modelo de investigación profesional.
Ahora con la introducción de los grados y máster, tendremos que tener
esta discusión y actualizar nuestro posicionamiento.
*Contratos predoctorales asociados a proyecto*
Beneficiarios: matriculados en un programa de doctorado (por tanto, con
máster defendido).
Quién paga: El grupo investigador que convoca la beca, con cargo a un
proyecto.
Con la nueva Ley de la Ciencia (LdC) la UVEG está obligada a transformar
todas estas becas en contratos.
La Ley impone un salario mínimo de unos 800 eur. brutos, lo que implica
un incremento en el coste de este tipo de investigadores a cargo de los
proyectos que los financian.
Esto genera la resistencia de los Investigadores Principales (IP), que
podrán disponer de menos personal investigador.
Por un lado, representa un avance enorme respecto de la situación
anterior, en la cual se llegaba a emplear personal cualificado en
proyectos de investigación en una relación claramente laboral, sin los
correspondientes derechos laborales. Pero el salario es de miseria, y
además es sustancialmente menor que las ayudas predoctorales (FPU, BFPI,
V Segles), siendo que la tarea es la misma. El VI concuerda con que este
mínimo es demasiado poco y está dispuesto a negociar. Se ha hablado de
900 eur. Pero sigue habiendo un agravio comparativo.
*Contratos de técnico de investigación*
Beneficiarios: graduados universitarios.
Quién paga: la UVEG
En principio estos contratos no deberían tener como objetivo la
consecución de una Tesis Doctoral, sino que deben ser usados para cubrir
necesidades puntuales de algún grupo de investigación para los que se
requiera formación especializada, pero sin un objetivo ulterior de
formación del investigador.
Estos contratos (concretamente de técnicos medios) pueden ser de tan
poco como 600 euros al mes.
Nos preocupa que al incrementar el coste del investigador predoctoral
asociado a proyecto se abuse de esta figura para encubrir un proyecto de
Tesis más barato.
*Contratos posdoctorales*
Beneficiarios: Doctores.
Quién paga: La UVEG.
La UVEG se plantea convocar este tipo de contratos, que hasta ahora no
ofertaba.
La idea es ofertar un número de plazas determinado, con un salario que
podrá ser de dos categorías diferentes, dependiendo del currículum del
Investigador.
Las categorías serán de cuantía equivalente a las Ramón y Cajal y Juan
de la Cierva.
Este proyecto depende de que la Generalitat Valenciana cumpla con el
pago comprometido a la UVEG.
A nosotros esto nos parece bien y apoyamos la iniciativa.
*Material de referencia*
Ley de la Ciencia 14/2011
http://www.boe.es/boe/dias/2011/06/02/pdfs/BOE-A-2011-9617.pdf
Carta Europea del Investigador
http://ec.europa.eu/eracareers/pdf/eur_21620_es-en.pdf
Nota: los artículos 20 al 23 de la LdC son especialmente relevantes